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Mujer con portátil

Modificar el borrador de Renta 2021: Accede a tu declaración

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Ha llegado el momento. Desde el 6 de abril ya se puede hacer la declaración de la renta.

La cita anual con Hacienda ya ha empezado y hasta el próximo 30 de junio se abre el plazo de presentación de la declaración de la renta, un periodo temido por muchos. Ya no solo porque toca echar cuentas que pueden salir mal (o bien, depende de cómo se mire), sino porque el proceso para llevarlo a cabo puede ser muy enrevesado.

Conscientes de que puede ser una tarea complicada, queremos echaros una mano. En este artículo podréis encontrar las respuestas a todas las preguntas que os puedan surgir de cara a presentar la declaración de la renta 2021.

Primero: ¿estoy obligado a presentar la declaración de la renta 2021?

El primer paso es el más importante, ¿estás obligado a presentar la declaración de la renta? Quizás no lo sabías, pero no todo el mundo tiene por qué presentar la declaración de la renta. Eso sí, hay algunos supuestos en los que sí tendrás que presentarla y que varían dependiendo de la fuente de los ingresos.

Por rendimientos íntegros del trabajo

En relación a los ingresos relacionados con sueldos o pensiones, tendrán que presentar la declaración aquellas personas que superen 22.000 euros si proceden de un único pagador.

En caso de que haya tenido más de un pagador, el límite a partir del cual tendrás que presentar la declaración es de 14.000 euros si el segundo o los próximos pagadores superan la cifra de 1.500 euros.

Bienes inmuebles, actividades económicas e inmuebles arrendados

En cualquiera de estos supuestos, si la cantidad percibida es superior a los 1.000 euros tendrás que hacer la declaración de la renta. En caso de que haya pérdida patrimonial y sea igual o superior a 500 euros también tendrá que presentarse.

Además, la parte positiva es que si no cumples con estos requisitos, aun así puedes hacer la declaración. Es más, te recomendamos que al menos hagas el borrador para comprobar si Hacienda te tiene que devolver dinero. La parte buena es que al no estar obligado, si haces el borrador y te sale que tienes que pagar siempre puedes optar por no echarla…

Bombilla

RECUERDA

Si piensas en hacer la tributación conjunta, los límites son los mismos expuestos anteriormente. Además, a la hora de determinar el número de pagadores el criterio será atender a la situación de cada uno de los miembros de la familia.

Segundo: ¿cómo puedo acceder a mis datos y al borrador de la declaración?

Una vez sepas si estás obligado o si quieres echar la declaración de la renta, toca comprobar los datos recogidos por el Ministerio de Hacienda. Para hacerlo, el primer paso que debes hacer es entrar en la página de la Agencia Tributaria. Una vez en la página, debes pulsar en el enlace de Servicios de tramitación de borrador / declaración (Renta WEB).Una vez hayas entrado hay tres vías para acceder a tus datos:

Con certificado de identificación o DNI electrónico

Puedes solicitar el certificado electrónico en la página web de la Autoría de Certificación, o hacer uso del DNI electrónico.

Con Cl@ve Pin

Cl@ve es un sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico para los ciudadanos, con objetivo de que estos puedan identificarse mediante claves concertadas a la hora de realizar trámites con la administración. Para ello, primero hay que registrarse en este sistema en el que se ofrecen varias formas.

Con el número de referencia

A la hora de intentar acceder con el número de referencia, el sistema te ofrecerá hacerlo a través del sistema clave. Sin embargo, si no estás registrado y has echado la declaración de la renta 2019, tu número de referencia será la casilla 505.

Una vez hayas accedido al sistema, se nos presentarán nuestros datos de domicilio fiscal para confirmarlos o cambiarlos. Tras esto, debemos comprobar nuestros personales y acto seguido tendremos acceso a un pequeño resumen de nuestra declaración, hecha previamente por la propia Agencia Tributaria.

Podremos cerrar y volver a este borrador las veces que haga falta, en cuyo caso cuando volvamos a acceder a él nos aparecerá una pantalla en la que nos avisará que hemos entrado con anterioridad y si queremos seguir trabajando en esa sesión. De ser así, deberemos pulsar en el botón de “continuar sesión”.

Tercero: ¿puedo modificar los datos que me aparecen en el borrador de la declaración de la renta?

Aunque el borrador suele tener buena parte de la información relevante de nuestros ingresos, es posible que pueda faltar información. Este punto es muy importante, ya que si no añadimos todos los datos puede haber consecuencias. Consecuencias como que no estemos aprovechando desgravaciones fiscales de aportaciones a un plan de pensiones, por ejemplo. O peor aún, que no declaremos algunos ingresos con el objetivo de no tributar por ellos y que la agencia nos haga una declaración paralela con la que al final tengamos que pagar estos impuestos y, además, una sanción.

Por ello, es vital que revisemos nuestro borrador antes de entregarlo y pongamos en orden todos nuestros ingresos y pagos, para evitar así posibles disgustos y quizás llevarnos alguna alegría en forma de devolución.

Llegados a este punto, podrás navegar a través de la pestaña de apartados o mirando una a una las 55 páginas de la declaración. Si ves algún dato erróneo o que falta, tan solo tendrás que hacer clic en ese dato e introducirlo manualmente. 

Una vez hecho esto, puedes comprobar en el botón “Validar” que aparecerá arriba a la izquierda si hay algún error o aviso que detecta el programa para solventarlo. La diferencia entre estos dos términos es que el aviso no es obligatorio modificarlo mientras que el error sí que se tiene que modificar.

Una vez tengas ya todos tus datos revisados e introducidos, en el apartado de arriba a la derecha en el botón de Resumen de declaración podrás ver una compilación de todos tus datos con el resultado de la declaración. Si el número está en negativo, podrás optar a una devolución, mientras que si está en positivo, tendrás que pagar.

Cuarto: presentar la declaración

Una vez hayas hecho todos estos pasos, tendrás que pulsar el botón “presentar la declaración. En caso de que tengas que percibir una devolución, el sistema te pedirá un número de cuenta IBAN en el que realizar el ingreso. Por el contrario, si te toca pagar, te aparecerá otra pantalla en la que habrá dos opciones, una de pago fraccionado (que aparecerá por defecto) y otra de no fraccionado, en la que además habrá opción a realizar el pago de diferentes formas.

Esperamos haberte ayudado este arduo proceso. Recuerda que si no tienes claro cómo tributan tus inversiones también publicamos hace poco un artículo explicando la fiscalidad de los productos financieros.

Bombilla

A tener en cuenta: Vídeos para hacer la declaración de la Agencia Tributaria

Si aun así no te aclaras y quieres acompañar el proceso de un apoyo visual, la Agencia Tributaria tiene un canal de Youtube que te puede servir de guía para todo el proceso. 

Habla con un experto

En Renta 4 Banco sabemos lo importante que es la información en momentos de tanta volatilidad. Siendo fieles a una filosofía slow finance es importante actuar reflexivamente pero con decisión para controlar el riesgo según tus objetivos a medio plazo. Habla con tu asesor para que te ayude a determinar la forma más apropiada de actuar.

Te recordamos que en Renta 4 Banco estamos a tu disposición para evaluar tus inversiones y controlar los riesgos, y especialmente en los momentos de incertidumbre.

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