Probablemente ya estés gastándotela en unas vacaciones, afrontando gastos que habías pospuesto o, si eres previsor, ahorrando una parte para imprevistos o complementar la pensión cuando te jubiles.
Nos referimos a la paga extraordinaria de verano que cobramos los asalariados en España.
Y hacemos hincapié en ‘España’ porque somos de los pocos países europeos que tenemos la paga extra contemplada por ley y equivalente a una mensualidad. Sólo se nos parecen Portugal y Holanda. Otros como Alemania o Francia dependen de lo contemplado en los convenios colectivos.
El origen de la paga extra de verano
A algunos le sorprenderá, quizás, que el origen de esta paga anual esté en los años de la dictadura. Efectivamente, Francisco Franco dispuso en 1947 que los trabajadores recibieran el día laborable inmediatamente anterior al 18 de julio, por entonces fiesta de la Exaltación del Trabajo y día en el que también se conmemoraba el alzamiento nacional de 1936, “una gratificación equivalente a la retribución de una semana”.
Esa retribución, conocida durante aquellos años como la “paga del 18 de julio” pasó a llamarse en democracia “paga extraordinaria de verano”, al tiempo que aumentaba su cuantía hasta equipararse con una paga mensual ordinaria.
Pero de aquello han pasado ya muchos años y efectivamente, aquella ‘paguilla’ se ha convertido hoy en un derecho consolidado y regulado por ley. En concreto, la legislación en vigor garantiza que los trabajadores reciban “dos gratificaciones extraordinarias a lo largo del año”, tal y como se establece en el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Cuándo se suele cobrar y cuál es su cuantía?
Mientras que la extra de Navidad tradicionalmente se cobra entre el 20 y el 25 de diciembre, la veraniega no tiene fecha tan fija y su desembolso se realiza “en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores”. Pero lo cierto es que esta paga se suele cobrar en junio o julio, antes de las vacaciones.
Respecto a su cuantía, el mencionado Estatuto de los Trabajadores no fija una cantidad determinada, sino que esta se establece en los diferentes convenios colectivos. No obstante, ni esta extra ni la que percibimos en Navidades puede ser inferior al salario base mensual o al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, que en 2023 es de 1.080 euros al mes pagados en 14 pagas al año. Es más, lo cierto es que suele cobrarse una nómina igual a la de otros meses, incluso algo mayor al incluir algún plus.
RECUERDA
Conviene explicar que en algunos casos las dos pagas anuales extraordinarias se cobran prorrateadas en las 12 pagas ordinarias.
Pongamos un ejemplo de una persona que cobra al año 28.000 euros. En función de las condiciones que contemple su convenio o lo acordado entre empresa y trabajador podrá cobrar 2.000 euros en 14 pagas (las 12 ordinarias más la paga de Navidad y la de verano) o bien 2.333 euros 12 veces al año. Ambas opciones tienen sus pros y sus contras.
¿Todo el mundo tiene derecho a la paga extra?
La respuesta es que sí… si eres asalariado. Además, has de saber que los pensionistas también tienen derecho a la extraordinaria de verano y a la de Navidad. No así aquellas personas que se encuentran cobrando el subsidio por desempleo o una prestación contributiva.
¿Qué hacer con la paga extra?
La primera idea que nos viene a todos a la cabeza para gastar la paga extra es darnos un capricho que no podemos permitirnos en un mes cualquiera. Entre ellos el más destacado es hacer un viaje. Efectivamente, al cobrarse cerca de las vacaciones, lo más común es gastarla en disfrutar de esas semanas.
Sin embargo, estás leyendo un blog de un banco y eso conlleva nuestra obligación que es promover la educación financiera y los buenos hábitos, así que tenemos que recordarte la conveniencia de ahorrar. Los imprevistos pueden surgir en cualquier momento y si nos pilla sin dinero guardado para estos gastos, nos podemos encontrar con problemas.
Pero si realmente hay un objetivo justificado para dedicar al menos parte de la paga extra de verano a ahorrar, es hacerlo con la vista puesta en la jubilación. A estas alturas ya no te sorprenderás si te decimos que probablemente la pensión pública que cobraremos al jubilarnos no será suficiente para mantener nuestro nivel de vida. Ante ese escenario no hay más remedio que ir haciendo hucha a lo largo de los años para poder tener un complemento a la pensión pública.
Pero no sólo hay que ahorrar, también hay que invertir ese dinero para obtener la mayor rentabilidad posible. Podemos hacerlo mediante productos específicos como los planes de pensiones o también aprovechar las ventajas de los fondos de inversión a largo plazo.
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