Los ETFs, o fondos cotizados en bolsa, son un producto intermedio entre los fondos de inversión tradicionales y las acciones. Están formados por una cesta de valores, al igual que los fondos de inversión y cada participación representa una cartera de acciones que reproduce la composición del índice al que hace referencia.
Su operativa es igual que la de las acciones, ya que cotizan durante toda la sesión bursátil. Tienen un valor liquidativo que se publica al cierre de la sesión. Los inversores pueden comprar en tiempo real el ETF al precio que fije el mercado en cada momento.
Los Exchange Traded Funds (ETF) o fondos cotizados son fondos de inversión que tienen la particularidad de que cotizan en bolsa, al igual que una acción, y su gestión es pasiva, ya que su objetivo es replicar a su índice de referencia. Se pueden comprar y vender a lo largo de una sesión sin necesidad de esperar al cierre de mercado a que se conozca el valor liquidativo como en el caso de los fondos de inversión.
Los ETFs tienen un valor liquidativo que se publica al cierre de la sesión, aunque al cotizar en bolsa o mercado secundario se pueden contratar durante toda la sesión bursátil como si de una acción se tratase.
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Tradicionales
Reproducen el comportamiento del índice de referencia por lo que ofrecen rentabilidad cuando el mercado sube.
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Reproducen el comportamiento contrario a su índice de referencia, por lo que ofrecen una rentabilidad cuando el mercado cae.
Apalancados
Duplican o triplican nuestra exposición al índice, por lo que son más arriesgados pero con mayor beneficio potencial.
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Una combinación de los apalancados y los inversos, duplican o triplican el movimiento contrario al del índice.
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César Sánchez-Grande
Pablo Fernández de Mosteyrín
Su operativa es igual a la de las acciones, ya que cotizan durante toda la sesión bursátil. La negociación se realiza dentro del mercado en el que cotiza cada ETF. Por ejemplo, el ETF Ibex 35 cotiza en el Mercado Continuo (con el horario habitual del mismo) y los inversores pueden introducir órdenes en cualquier momento de la sesión bursátil española.
Los ETFs, debido a su carácter de producto cotizado, están sujetos al peaje fiscal propio de las acciones. En el caso de personas físicas, desde el 1 de enero de 2015 no se tiene en cuenta el periodo de generación de las plusvalías, tributando estas en la base imponible del ahorro en el ejercicio en que se perciban junto con el resto de plusvalías obtenidas a través de la inversión en otros productos financieros. El Real Decreto – Ley 9/2015 de 10 de julio de 2015 señala con los siguientes tramos de tributación para el ejercicio 2017:
• 19% para los primeros 6.000 €
• 21% entre 6.001 y 50.000 €
• 23% a partir de 50.001 €
A diferencia de los fondos tradicionales, las ganancias patrimoniales no serán objeto de retención. No se podrá aplicar el régimen de diferimiento tributario por traspasos, es decir, no se les aplicará la exención fiscal por traspaso prevista para los fondos de inversión tradicionales.
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Los ETFs tienen una comisión de gestión implícita en su valor y, al ser activos negociados en mercados de valores, se les aplica una comisión de compra/venta, un canon de bolsa y una comisión de custodia.