Este número es indicativo del riesgo del producto, siendo 1/6 indicativo de menor riesgo y 6/6 de mayor riesgo
Desde el 1 de agosto de 2019 y con carácter indefinido (sujeta a revisión si se modificasen las circunstancias de mercado o si en un momento dado fueran reconsideradas de modo general a nivel europeo), la CNMV ha establecido restricciones a la comercialización, distribución y venta de CFD entre clientes minoristas. Entre otros cambios, como medida de protección, se cerrarán automáticamente las posiciones cuando se produzca el consumo del 50% de las garantías iniciales. Lea, por favor, el texto de la resolución completa de CNMV aquí.
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Los CFDs, o contratos por diferencias, permiten obtener beneficios con los movimientos en el precio de los valores sin necesidad de tener en propiedad el activo subyacente.
Permiten invertir al alza (posiciones largas) e invertir a la baja (posiciones cortas), obteniendo como beneficio o pérdida la diferencia entre el precio del activo en el momento de apertura y cierre de la posición. Los CFDs permiten obtener beneficios con las caídas del mercado.
Son productos apalancados, ya que permiten operar con menos capital del necesario para realizar la misma operación en Bolsa. Equivalen a comprar o vender a crédito, desembolsando en concepto de garantías desde el 5% de la cotización del activo subyacente.
Los CFDs o contratos por diferencias son productos derivados complejos en los que el inversor y la entidad acuerdan intercambiar la diferencia entre los precios de compra y venta de un activo subyacente, pudiendo ser un valor negociable, un índice, una divisa, un tipo de interés o cualquier otro tipo de subyacente.
Se trata de inversiones apalancadas, en las que la entidad exigirá el depósito de un porcentaje de la inversión total, en concepto de garantía, sin que sea necesario disponer del importe total necesario si se operara de forma directa sobre el activo.
Por el grado de apalancamiento de estos productos, existe un riesgo real de pérdida económica, pudiendo ser superiores a la cuantía de los fondos requeridos en concepto de garantías, y que por tanto, en caso de liquidación de un CFD, de varios o de todos, el inversor podrá estar obligado a abonar a la entidad una cifra superior a la aportada como garantía.
CFDs sobre acciones
La cotización de los CFDs es exactamente la misma que la de las propias acciones. El inversor tendrá que hacer frente a unas comisiones a la compra y a la venta de CFDs.
CFDs sobre índices, materias primas y divisas
No existe una comisión explícita de compraventa, ésta va implícita en la horquilla o spread.
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Garantías competitivas
Con Renta 4 Banco podrás invertir en CFDs aportando unas garantías desde el 8% en CFDs sobre índices, el 10% sobre materias primas y el 15% sobre divisas.
Amplio horario
Podrás invertir en CFDs desde las 7:50 hasta las 23:00. Consulta en tu oficina el horario específico de cada CFD.
Cotización tiempo real
Cotizaciones en tiempo real con streaming gratuitas en CFDs sobre índices, materias primas y divisas. Consulta las condiciones para disfrutar de tiempo real gratuito en CFDs sobre acciones.
Horquillas reducidas
En CFDs sobre índices, materias primas y divisas las comisiones de operativa van incluidas en la horquilla o spread. Además, podrás operar en CFDs sobre acciones con comisiones reducidas.
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La fiscalidad de los CFDs es similar a la de las acciones. La diferencia entre el valor de adquisición y el de venta de las acciones implica una ganancia o pérdida patrimonial.
No se tiene en cuenta el periodo de generación de las plusvalías, tributando éstas en la base imponible del ahorro en el ejercicio en que se perciban junto con el resto de plusvalías obtenidas a través de la inversión en otros productos.
Respecto al margen financiero de los CFDs, en posiciones largas los intereses pagados por este concepto no pueden deducirse para el cálculo beneficio real a efectos fiscales. En cambio, al adoptar posiciones bajistas, Hacienda considera que los intereses cobrados aumentan la plusvalía a efectos fiscales.
Los CFDs son productos apalancados. Debido al grado de apalancamiento de estos productos, existe un riesgo real de pérdida económica, por lo que necesitan un mayor seguimiento del mercado.
Riesgo de liquidez
Al tratarse de productos no estandarizados, el inversor deberá considerar las características de cada mercado y el riesgo de no encontrar contraparte para sus operaciones.
Riesgo del subyacente
Al poder operar sobre distintos subyacentes, será necesario que el inversor analice las particularidades y riesgos que supone operar en cada uno de ellos.
Riesgo de tipo de cambio
Algunos CFDs se pueden ver afectados por las variaciones en los tipos de cambio.
Riesgo de valoración
Al no ser productos estandarizados, el inversor deberá considerar las particularidades que influyen en la valoración de cada tipo de CFD.
Riesgo de apalancamiento
Al tratarse los CFDs de productos apalancados con alto riesgo, pueden ocasionar pérdidas superiores al capital inicial desembolsado.
Riesgo de pérdida total de la inversión
El inversor en CFDs debe tener en cuenta que, en este producto, existe la posibilidad de perder el importe total de la inversión realizada.
Bolsa
Accede a los mercados bursátiles nacionales e internacionales.ETFs
Contrata más de 2.400 ETFs nacionales e internacionales.Futuros
Accede a los principales mercados con total garantía.Opciones
Opera con opciones sobre el Ibex 35 y otros índices europeos y americanos.Renta Fija
Invierte en Renta Fija pública y privada en tiempo real.Warrants
Invierte en exclusiva en todos los productos de Société Générale.xRolling FX
Contrata los nuevos futuros xRolling del mercado MEFF.Invierte en Letras del Tesoro desde Renta 4
Ponemos a tu disposición un canal de contratación directo para acceder a las subastas de Letras del Tesoro
Altos dividendos y potencial de revalorización
1M. | 6M. | 1A. | VOLAT. |
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0,8% | 7,8% | 31,8% | 16,3% |
Conoce nuestros artículos sobre valores
Eduardo Faus
Pablo Fernández de Mosteyrín
Álvaro Arístegui
Tanto los CFDs como los Warrants son productos derivados, por lo que están referenciados a un activo de referencia (subyacente) y ofrecen apalancamiento. Podemos señalar las siguientes diferencias entre ambos:
• Con los warrants adquirimos un derecho a comprar o vender un activo en el futuro a un precio determinado de antemano a cambio de una prima, mientras que con los CFDs existe una obligación de intercambiar el precio de compra y de venta de un activo financiero. • Los warrants están regulados por el mercado, los CFDs son contratos OTC entre el broker y el inversor.
• Los CFDs permiten adoptar posiciones cortas, los warrants no. Sin embargo, es posible apostar a la baja invirtiendo en warrants mediante la compra de un warrant put.
• Para operar con warrants no necesitaremos aportar garantías (la pérdida está limitada a la prima aportada).
Tanto los CFDs como los Futuros son productos derivados que ofrecen apalancamiento y la posibilidad de abrir posiciones cortas. Son productos muy líquidos, que requieren aportar garantías, y con liquidación diaria de pérdidas y ganancias. Podemos señalar las siguientes diferencias entre ambos:
• Los futuros están regulados por el mercado, que cotiza el precio futuro de un subyacente. Los CFDs son contratos OTC entre el bróker y el inversor.
• La principal ventaja de los CFDs con respecto a los futuros es la ausencia de vencimiento, y de sus correspondientes costes de “roll-over”. No obstante, para los CFDs cuyo subyacente sea un futuro, cada vez que se produzca el vencimiento de un contrato de índices o materias primas, Renta 4 aplicará un cargo / abono de rollover a los clientes que mantengan abierta la posición.
• Los CFDs permiten invertir desde una sola acción, aunque existe comisión mínima.
• Los CFDs ofrecen apalancamiento (no es necesario aportar el importe total de la inversión sino un porcentaje en concepto de garantías), por lo que el riesgo es mayor pero también tienen mayor beneficio potencial.
• Los CFDs permiten abrir posiciones cortas, las acciones no. Mediante estas posiciones cortas podremos realizar operaciones de cobertura u obtener beneficios con las caídas del mercado.
• Los CFDs otorgan los derechos económicos de la acción (por ejemplo, abono de dividendos), pero no los derechos políticos (por ejemplo, asistencia a juntas de accionistas).
Cuando un inversor realiza una compra o venta de CFDs en Renta 4, Morgan Stanley (en CFDs sobre acciones) o X-Trade Brokers (en CFDs sobre índices, materias primas y divisas) actuarán como contraparte realizando la operación real en el mercado. En posiciones cortas, la liquidez será equivalente a la liquidez del mercado de crédito a mercado sobre los títulos. En ocasiones excepcionales, con mucha volatilidad o con acciones que coticen con poca liquidez, puede darse el caso de que un cliente no pueda adoptar una posición corta debido a que la entidad emisora no pueda cubrir la operación al no existir en el mercado a crédito de dicha acción suficiente liquidez.
En el caso de los CFDs sobre acciones, no otorgan derechos políticos, tales como el derecho de asistencia a la Junta de Accionistas.
Respecto a los derechos económicos, el inversor de CFDs sobre acciones mantiene el 80% en el caso de posiciones compradas y el 100% en caso de posiciones vendidas, de la cuantía de los derechos económicos sobre la acción.
Por lo tanto, en caso de un abono de dividendos, se abonará al inversor el 80% del dividendo abonado para posiciones compradas, y se cargará el 100% en el caso de posiciones vendidas.
Tendrán derecho/obligación los inversores que mantengan los CFDs en cartera al cierre de la sesión del día en el que se hace la operación de descuento. En caso de derechos, Renta 4 acudirá habitualmente el primer día de cotización al mercado donde ordenará la venta o compra de los derechos para su posible ejecución. En caso de que dichos derechos no se ejecutaran, la valoración de los mismos será de 0 euros.
En los CFDs sobre índices, materias primas y divisas no hay cargos o abonos por estos conceptos, se corrige el precio.