A la hora de planificar la jubilación, contar con un ingreso constante y seguro es clave para disfrutar de esta nueva etapa de la vida. Las rentas vitalicias permiten obtener una cantidad periódica durante toda la vida, ayudando también en la planificación sucesoria. A continuación, os explicamos sus principales características, cómo se clasifican y su fiscalidad, todo en un lenguaje sencillo y claro.
¿Por qué contratar una renta vitalicia?
- Disfrutar de la jubilación: tras años de trabajo, es el momento de viajar, pasar tiempo con los tuyos y aprovechar al máximo esta etapa.
- Vivir más tiempo: la esperanza de vida sigue aumentando, por lo que conviene gestionar el dinero acumulado para cubrir más años.
- Ingresos estables y seguros: una renta vitalicia garantiza pagos periódicos de por vida, algo especialmente útil si buscas estabilidad en tus finanzas.
- Planificación sucesoria: muchas modalidades permiten designar beneficiarios o dejar un capital a tus herederos.
¿Qué es una renta vitalicia y cómo funciona?
Una renta vitalicia es un seguro de ahorro que, a cambio de una aportación única, ofrece el cobro de una cantidad periódica (mensual, trimestral, etc.) durante toda la vida. El importe que percibas depende de factores como la edad, el sexo, la modalidad de renta y la cantidad aportada. Dependiendo de la modalidad que escojas, la renta consumirá o no parte del capital aportado, incrementando el importe de la renta dependiendo si consume (mayor renta) o no (menor renta) capital.
Clasificación
- Según el momento de cobro
- Inmediata: se empieza a cobrar justo después de contratarla (generalmente recomendada a partir de 60 años por ventajas fiscales).
- Diferida: empiezas a cobrar más adelante (por ejemplo, a los 60), y mientras tanto puedes seguir haciendo aportaciones (opción común a partir de los 40 años).
- Según la posibilidad de recuperar el capital
- Capital cedido: el importe aportado no se recupera, pero la renta es mayor.
- Rentas constantes: permiten recuperar el dinero a valor de mercado (la aseguradora calcula el importe que corresponde), por lo que la renta será algo menor.
- Mixta: renta vitalicia con posibilidad de recuperar el capital a valor de mercado y dejar parte de la aportación a los beneficiarios (renta intermedia entre la cedida y la constante).
¿Cuál es la fiscalidad de las rentas vitalicias?
La fiscalidad de las rentas vitalicias dependerá del tipo de rescate que se realice del producto. Así, podemos identificar los siguientes casos:
A) Fallecimiento
Los herederos tributan por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), aplicando las reducciones establecidas por la comunidad autónoma correspondiente.
B) Supervivencia: depende del origen del dinero
a) Como rendimientos del trabajo
- Plan de Pensiones (PP) o Plan de Previsión Asegurado (PPA)
- Las rentas se consideran rendimientos del trabajo y tributan en la base general del IRPF.
- El 100 % de la renta está sujeto a impuestos, pero el impacto se reparte en varios ejercicios.
b) Como rendimientos del capital mobiliario
- Cuenta corriente o ahorros
- Se tributa solo por un porcentaje de la renta.
- Si nos referimos a rentas vitalicias. Cuanto mayor sea tu edad al contratarla, menor porcentaje se somete a impuestos. Por ejemplo, a partir de 70 años, solo tributa el 8 % de cada pago.
- Si hablamos de rentas temporales. Se tributa en función de la duración prevista, a mayor duración más se tributa.
- La retención aplicada en la nómina fiscal (IRPF) dependerá de ese porcentaje a declarar, siendo un 1,52 % de la renta total si tienes 70 años o más, o el 2,28% si tiene un periodo inferior a 5 años.
- Se tributa solo por un porcentaje de la renta.
- Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS)
- Si cumples requisitos (aportaciones máximas de 8.000 € anuales y 240.000 € en total, y un mínimo de 5 años antes de rescatar), los rendimientos generados quedan exentos de tributación.
- Los PIAS contratados a partir del 01/04/2019 requieren que la modalidad de renta decrezca al menos un 5 % anual en la cobertura de fallecimiento.
- Transmisión patrimonial (exención por reinversión)
- A partir de los 65 años, si vendes un bien (inmueble, acciones...) y reinviertes el importe en una renta vitalicia en un plazo de 6 meses, no tributas por la ganancia patrimonial, con el límite de 240.000 €.
- Para disfrutar de la exención, el seguro debe cumplir ciertos requisitos (beneficiario, periodicidad de la renta, etc.).
Si quieres saber más sobre las exenciones fiscales en rentas vitalicias, te recomendamos que visites este artículo donde lo explicamos más en detalle y con un ejemplo ilustrativo.
Modalidades
En el mercado existen varias opciones de rentas vitalicias, que suelen adaptarse al origen del dinero (ahorros, planes de pensiones, reinversión por transmisión patrimonial...). Algunas aseguradoras, como Renta 4 Banco, ofrecen diferentes variantes para ajustar la renta, la cobertura de fallecimiento y la posibilidad de rescate total o parcial.
Origen del capital | Modalidad de renta | Consume capital aportado | Forma de pago indemnización |
---|---|---|---|
Ahorros | Selección 105% | No, +5% adicional (hasta 3.000€) | Capital |
Capital | Sí, -1% | Capital y/o renta | |
Selección 90% | Sí, -10% | Capital | |
Selección 80% | Sí, -20% | Capital | |
Vida Garantía | Sí, -100% (gradualmente) | Capital | |
Más | Sí, -100% (gradualmente) | Capital y/o renta | |
Temporal | Sí, -100% (gradualmente) | Renta (+5% adicional) | |
|
Futuro Vitalicio:
|
Sí,
|
Capital |
Reinversión | Sí, -55% | Capital y/o renta | |
PP o PPA | Más | No, +5% adicional (hasta 3.000€) | Capital |
Vida | Sí, -100% (gradualmente) | Capital | |
Temporal | Sí, -100% (se distribuye) | Renta |
Conclusión
Las rentas vitalicias son una herramienta muy útil para afrontar la jubilación con seguridad financiera. Ofrecen flexibilidad en cuanto a los importes, la frecuencia de pago y la protección a beneficiarios, además de contar con ventajas fiscales: a mayor edad, menor tributación, o incluso exención fiscal si proviene de un PIAS o de la reinversión tras la venta de un patrimonio (según requisitos).
Antes de tomar una decisión, conviene asesorarse con especialistas financieros y fiscales para adaptar la renta vitalicia a tu situación personal, de modo que puedas maximizar tus ingresos y asegurar el futuro de tus seres queridos.
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Victor Hugo Rodríguez Iglesia
Responsable de Banca-Seguros de Renta 4