Los ETFs, debido a su carácter de producto cotizado, están sujetos al peaje fiscal propio de las acciones. Esta fiscalidad los discrimina negativamente ante los fondos de inversión, condicionando a la baja su rentabilidad.
Por lo tanto, las plusvalías obtenidas son consideradas variaciones patrimoniales y tributarán al 18% con independencia de su periodo de generación (independientemente de si ha transcurrido o no un año desde la adquisición del bien). La única diferencia es que en los ETFs los dividendos no están exentos de tributación hasta un importe de 1.500 euros anuales.
A diferencia de los fondos tradicionales, las ganancias patrimoniales no serán objeto de retención. No se podrá aplicar el régimen de diferimiento tributario por traspasos, es decir, no se les aplicará la exención fiscal por traspaso prevista para los fondos de inversión tradicionales.
Todos los ETFs se pueden contratar a través de Renta 4 como cualquier acción del mercado en el que coticen. Se pueden comprar o vender por teléfono o por Internet. Respecto a las comisiones, son las mismas que se aplican para cualquier acción.
De este modo, podrá contratar ETFs desde en ETFs Nacionales desde tan sólo 3 euros y en los ETFs internacionales desde 15 € o 15 $.
Consultar comisiones para operativa en ETFs Nacionales (Bolsa Nacional)
Consultar comisiones para operativa en ETFs Internacionales (Bolsa Internacional)